Preguntas y respuestas sobre el Servicio Público de Empleo y la Unidad del SPE

En las Agencias de empleo se podrán encontrar servicios de capacitación, certificación de competencias, algunos ofrecen subsidio al desempleo y apoyo al emprendimiento.
 
El Servicio Público de Empleo tiene por función esencial lograr la mejor organización posible del mercado de trabajo, para lo cual ayudará a los trabajadores a encontrar un empleo conveniente, y a los empleadores a contratar trabajadores apropiados a las necesidades de las empresas. Será prestado por personas jurídicas de derecho público o privado, a quienes se les garantizará la libre competencia e igualdad de tratamiento para la prestación del servicio1 de acuerdo con la Ley 1636 de 2013, la cual, creó el Mecanismo de Protección al Cesante.
 
1 Ley 1636 de 2013.
 
De acuerdo con la Ley 1636 de 2013 en su artículo 26 establece el siguiente objeto para la entidad:

Artículo 26. Unidad Administrativa Especial del Servicio Público de Empleo. Créase la Unidad Administrativa Especial del Servicio Público de Empleo del orden nacional con personería jurídica, patrimonio propio, autonomía administrativa y financiera adscrita al Ministerio de Trabajo para la administración del Servicio Público de Empleo y la Red de Prestadores del Servicio Público de Empleo, la promoción de la prestación del servicio público de empleo, el diseño y operación del Sistema de Información del Servicio Público de Empleo, el desarrollo de instrumentos para la promoción de la gestión y colocación de empleo y la administración de los recursos públicos para la gestión y colocación de empleo entre otras funciones que serán reglamentadas por el Gobierno Nacional.
Los buscadores de empleo, son personas desempleadas o trabajadores que deseen cambiar su situación laboral vigente, en el marco de sus acciones, se ofrece atención focalizada a grupos poblacionales que experimentan dificultades para vincularse laboralmente.

Los prestadores autorizados2 son personas jurídicas de derecho público o privado3, autorizadas por la autoridad competente y que integran una red4, para prestar servicios de gestión y colocación. La prestación del servicio puede ser de manera presencial, virtual o ambas. Estos prestadores autorizados pueden ser entidades públicas, privadas tanto nacionales como extranjeras5; y se les garantizará la libre competencia e igualdad de tratamiento para la prestación del servicio.

Los potenciales empleadores es la persona natural o jurídica que se encuentre en el proceso de búsqueda de talento humano para el desarrollo de las actividades de sus organizaciones y/o empresas.

 


  2 Ministerio del Trabajo, Resolución 1397 de 2015.
  3 Artículo 25. Capítulo VI. Ley 1636 de 2013.
  4 Ver Guia del Modelo de Inclusión Laboral del SPE.
  5 Artículo 30. Capítulo VI. Ley 1636 de 2013.
 

La red de prestadores está integrada por agencias públicas, privadas y bolsas de empleos para la de gestión y colocación de empleo se identifican entonces:

  • Agencia Pública de Empleo a cargo del Servicio Nacional de Aprendizaje Sena
  • Agencias públicas (Alcaldías y Gobernaciones)
  • Agencias Privadas (Cajas de Compensación Familiar)
  • Bolsas de empleo

Para consultar los puntos de atención de la red de prestadores autorizados ingrese a:

https://www.serviciodeempleo.gov.co/busca-empleo/puntos-atencion

Registro:
  • Buscadores de empleo: personas desempleadas o trabajadores que deseen cambiar su situación laboral vigente, pueden registrar su hoja de vida en el portal virtual de atención www.serviciodeempleo.gov.co o en los Puntos de Atención de la red de prestadores autorizados todo el país.
  • Empleadores y vacantes: persona natural o jurídica que se encuentre en el proceso de búsqueda de talento humano, podrán registrar sus vacantes en el portal de atención del Servicio Público de Empleo en los Puntos de Atención de todo el país.
Para consultar los puntos de atención de la red de prestadores autorizados ingrese a https://www.serviciodeempleo.gov.co/busca-empleo/puntos-atencion

Orientación Ocupacional:
La orientación, según lo establecido en la Resolución 3229 de 2022, "son acciones dirigidas a oferentes o buscadores y potenciales empleadores, encaminadas a proporcionar competencias laborales e identificar necesidades del mercado laboral".

Oferentes y buscadores: acciones encaminadas a identificar los conocimientos, experiencias, habilidades y otras competencias del oferente o buscador de empleo, así como sus intereses ocupacionales, motivaciones y necesidades; para analizar y construir el perfil laboral, brindar información del mercado laboral y programas de empleo o asesorar la búsqueda de empleo; y, según el caso, direccionar a servicios especializados autorizados.

Potenciales empleadores: acciones que permiten conocer las características, necesidades y expectativas del empleador para asesorar la definición, registro y publicación de vacantes, brindar información sobre el mercado e inserción laboral programas de fomento al empleo formal y, según el caso, direccionar a servicios especializados autorizados.

 
Nos puede contactar a través de los siguientes canales:
 
Atención telefónica:
PBX: (+57) 601 7460999, opción 1.
 
Atención presencial:
La oficina está ubicada en la ciudad de Bogotá​ en la dirección Carrera 7, No. 31-10, Pisos 13 y 14, Bogotá D.C.
 
Atención virtual: ​​
​Correo electrónico institucional: atencionalciudadano@serviciodeempleo.gov.co
 
Para radicar una petición, queja, reclamo, sugerencia y/o denuncia, por favor, ingrese al siguiente formulario: Formulario de registro de PQRSDF
 
Notificaciones judiciales se reciben exclusivamente en el siguiente correo: notificacionesjudiciales@serviciodeempleo.gov.co
 
 
Radicación de documentos físicos
Se realiza en la Carrera Carrera 7, No. 31-10, Pisos 13 y 14, Bogotá D.C.
 
Horario de atención:
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