Veteranos Fuerza Pública


Estamos actualizando la información sobre la Estrategia de inclusión laboral para veteranos de la fuerza pública.

¡Agradecemos su comprensión!




Veteranos-1.jpg¿Qué hacemos?
Proporcionar a los prestadores del Servicio Público de Empleo información y lineamientos técnicos que faciliten la atención de los veteranos de la Fuerza Pública a través de la Ruta de Empleabilidad, en el marco del Modelo de Inclusión Laboral con enfoque de cierre de brechas y la Ley 1979 de 2019.
 
¿Para quién lo hacemos?
Veteranos de la Fuerza Pública que son todos los miembros de la Fuerza Pública que cuentan con asignación de retiro, pensionados por invalidez, reservistas de honor, participantes en conflictos internacionales o víctimas del conflicto armado por hechos ocurridos en el servicio activo o en razón del mismo.

De igual forma, el núcleo familiar de los uniformados fallecidos o desaparecidos en servicio activo, por acción directa del enemigo o en combate o en tareas de mantenimiento o restablecimiento del orden público o en conflicto internacional (Art. 2 Ley 1979 de 2019).

El impulso
Ley 1979 de 2019, artículo 17.
El artículo 17 de la Ley 1979 establece que “el Ministerio de Trabajo articulará con sus entidades adscritas la implementación de una Ruta para la Promoción del Empleo y el Emprendimiento para el grupo poblacional de Veteranos. Las políticas, programas o estrategias para la promoción del empleo y el emprendimiento deberán realizar los ajustes para incluir al grupo poblacional antes mencionado y promover su atención integral. Estas rutas deberán articularse con el programa de preparación para el retiro implementado por el Ministerio de Defensa e incluir alistamiento para la vida civil previa al retiro, atención posterior a las desvinculaciones y mecanismos que faciliten la inserción laboral y el emprendimiento”.
 
De igual forma, el artículo 16 creó un incentivo para la generación de empleo:
“Los empleadores que vinculen a miembros del grupo poblacional precisados en el literal a) del artículo 2 de la presente Ley, que al momento del inicio del contrato de trabajo tengan entre 18 a 40 años; no tendrán que realizar los aportes a cajas de compensación familiar por tales trabajadores afiliados durante los dos primeros años de vinculación”.

Lo logramos juntos
Esta estrategia se ejecuta de manera articulada con:
Ministerio de Defensa: Dirección de Veteranos y Rehabilitación Inclusiva – DIVRI
Ministerio de Trabajo
Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas - UARIV
 

 

Servicio de empleo público

ENTIDADES ALIADAS

Entidades del sector con la cuales se tienen alianzas colaborativas