junio 30, 2020
Bogotá, D. C., 30 de junio de 2020. La pandemia no ha sido un impedimento para que la Unidad del Servicio Público de Empleo deje de atender a los ciudadanos, como es su deber de ley. Es por eso que en estos tiempos difíciles está impulsando su canales de atención a través de sus redes sociales.
En Facebook, Instagram y Twitter está contándoles a colombianos y extranjeros cómo están funcionando sus canales. En el caso de la línea telefónica (756 0009), en su lugar está funcionando, debido al aislamiento obligatorio y mientras dure la emergencia sanitaria, la línea de celular 318 782 8615. El horario es de lunes a viernes, de 8:00 a. m. a 5:00 p. m.
“Lo que queremos es que la ciudadanía en general esté informada sobre nuestros distintos canales de atención, que sepan cuáles son. Que tengan la tranquilidad de que sus dudas son resueltas por los profesionales que están a cargo de la atención al usuario. Parte de nuestra misión es resolverles todas sus inquietudes y encaminarlos, cuando se trate de una búsqueda de trabajo formal, por la ruta de empleabilidad con la que cuenta el Servicio Público de Empleo”, manifestó Angi Velásquez, directora de la Unidad del SPE.
Información general sobre el portal del SPE, cómo ingresar su hoja de vida a este sitio virtual, cómo postularla para una oferta de empleo formal, restablecimiento de contraseñas en caso de que la hayan olvidado, los puntos de atención de las agencias y bolsas de empleo públicas y privadas autorizadas por la Unidad del SPE, entre otras informaciones, son despejadas en los distintos canales.
Por medio de la redes sociales también se recogerán las dudas que plantean los ciudadanos. Con el consolidado, la Unidad los invitará a talleres, de momento virtuales por la coyuntura, en los que los capacitará.
Además de la línea telefónica, la Unidad presta sus servicios de atención a la ciudadanía por medio de su portal www.serviciodeempleo.gov.co, en el botón ATENCIÓN AL CIUDADANO, espacio en el que se pueden radicar las PQRS (peticiones, quejas, reclamos y sugerencias); también lo hace a través de su chat virtual.
Conozca aquí la ley 1755 de 2015, la cual fija los términos y tiempos para dar respuesta a sus Peticiones, Quejas, Reclamos, Sugerencias, Denuncias y/o Felicitaciones